La imputación formal, presentada por el fiscal de materia Rando Chambi, por allanamiento a domicilio o sus dependencias contra el actual presidente de la Asociación de Conjuntos del Folklore de Oruro (ACFO), Jacinto Quispaya Sánchez, no altera a la autoridad porque según él, no tiene fundamento legal, ya que el inmueble de esta institución no tiene dueño jurídico.
El titular de la ACFO recordó, que esta demanda presentada por el past presidente de la institución, Ascanio Nava, ya se utilizó en otras oportunidades, la misma que no encontraba asidero legal, porque se precisaba los cargos de robo agravado y abuso de confianza, que fueron rechazados por falta de pruebas de parte del demandante.
"La asociación en ningún momento, tiene un propietario jurídico o dueño particular, que se atribuya la titularidad del inmueble", remarcó Quispaya.
En dichas oportunidades se pidió a los investigadores del Ministerio Público, que puedan demostrar que Ascanio Nava es el propietario del o los inmuebles que pertenecen a la ACFO, con documentación fehaciente para que el mismo pueda asegurar que se había allanado su domicilio, hecho que nunca ocurrió.
Ahora el documento de la imputación firmado por el fiscal de materia Rando Chambi, señala que ante la existencia de suficientes indicios racionales y conforme dispone el artículo 301 del Código Penal se formula la imputación formal por el presunto delito de allanamiento de domicilio.
Quispaya explicó que en la asamblea de presidentes y delegados de la ACFO, celebrada el 26 de noviembre, se puso en conocimiento esta imputación, la misma que produjo la molestia de los presentes.
"Ha indignado a todos los presidentes y delegados que un past presidente como cualquier otro que ha pasado por esta institución, ahora pretenda reclamar el derecho de propiedad de un inmueble que no le pertenece, que no le corresponde", enfatizó.
Aseguró que no cometió ningún delito, solo se cumplió una resolución de una asamblea, que determinó la apertura de la oficina que antes ocupaba Ascanio Nava, con la presencia de una notaria de fe pública y de testigos 28 presidentes y delegados, por lo que se presentará a cualquier audiencia requerida, sin el temor de haber incurrido en un ilícito.
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